2009 Fallo del 16 de noviembre del 2009
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Resumen en español
Que es INCONSTITUCIONAL la Resolución de 30 de marzo de 2009 dictada por el Tribunal Electoral a través de la cual anuló las resoluciones identificadas con los números que van del 06080084-NA-A al 06080096-NA, que ese Tribunal había admitido previamente, en relación con las postulaciones de 13 candidatos principales y sus respectivos suplentes a los cargos de Diputados al Parlamento Centroamericano (PARLACEN) formulada por el Partido Cambio Democrático. Luego de ponderar todas las aristas planteadas en la presente controversia constitucional, el Pleno arriba a la conclusión de que la Resolución de 30 de marzo de 2009, proferida por el Tribunal Electoral y que es objeto de cuestionamiento, en efecto, sí infringió los artículos 17, 18 y 32 de la Carta Fundamental, por lo que la pretensión entablada cuenta con el necesario fundamento para ser acogida favorablemente. Como consecuencia de la declaratoria de inconstitucionalidad del acto acusado, y para asegurar el pleno cumplimiento del presente fallo en los términos del artículo 2573 del Código Judicial, el Tribunal Electoral está obligado a proveer lo necesario para garantizar que los candidatos cuyas postulaciones fueron indebidamente anuladas gocen del derecho a ser elegidos que les fue conculcado, por lo que deberá proceder a la adjudicación de las curules y al otorgamiento de las credenciales correspondientes.